Redtdt: «Positiva, resolución SCJN que defiende derecho de sociedades de convivencia a adopción».

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Comunicado Conjunto.

  • La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaro inconstitucional del artículo 19 de la Ley Regulatoria de Sociedades Civiles de Convivencia del Estado de Campeche.
  • Este hecho es positivo, pues habla de que los derechos humanos se amplían y aspiramos a ser mejores como individuos y como nación.
  • Lamentamos que el ministro Eduardo Medina Mora haya sido el único que voto en contra de dicha resolución, su postura contraria a los derechos humanos sin duda alguna afecta la visión de un país más libre y justo para todas y todos.

12 de agosto de 2015. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional el artículo 19 de la Ley Regulatoria de Sociedades Civiles de Convivencia del estado de Campeche. Dicho artículo prohibía la adopción de menores a las personas unidas en sociedades de convivencia ya sean heterosexuales u homoparentales. Como organizaciones de la sociedad civil consideramos este hecho como positivo, pues invalida un artículo discriminatorio a todas luces.

La resolución fue tomada por nueve votos a favor y tan solo uno en contra: el del ex procurador general de la República Eduardo Medina Mora, quien en su corta trayectoria dentro del máximo órgano de decisión también se ha manifestado a favor del arraigo. Varias organizaciones de la sociedad civil ya habíamos advertido sobre el tipo de posturas contrarias a los derechos humanos que esgrime Medina Mora, no obstante, en esta ocasión se impuso una visión progresista y acorde a los tratados internacionales en materia de derechos humanos.

Es justo reconocer la labor de la Comisión de Derechos Humanos de Campeche, quienes promovieron la Acción de Inconstitucionalidad en contra del Poder Ejecutivo y el Congreso de su estado, logrando hoy garantizar la no discriminación, tal como lo establecen la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y Convención Americana de Derechos Humanos.

La ministra Margarita Luna Ramos, autora del proyecto presentado hoy ante el pleno de la SCJN, ponderó también que es deber del Estado atender el gran número de niños y niñas huérfanas que existen en nuestro país, cifra que ronda los 100 mil infantes.

Como mencionó el ministro Zaldivar: Todos los modelos de familia están protegidos por la Constitución. Esto no es más que el reconocimiento de la libertad de elección que tienen las parejas del mismo sexo, para decidir en formar una familia con todos los derechos y responsabilidades que esto conlleva.

Estaremos pendientes de que la resolución de hoy sirva de precedente y ejemplo, sin duda esto habla de que los derechos se amplían y aspiramos a ser mejores, por es que esperamos que las entidades que tienen una legislación contraria a los derechos humanos, reflexionen y se sumen a lo que la SCJN declaro día de hoy.

Atentamente:

Asistencia Legal por los Derechos Humanos A.C. (D.F.)
Comisión de Solidaridad y Defensa de los Derechos Humanos A.C. (Chihuahua).
Frontera con Justicia A.C. (Casa del Migrante de Saltillo, Coahuila).
Servicios de Inclusión Integral A.C. (Hidalgo).
Red Nacional de Organismos Civiles de Derechos Humanos “Todos los Derechos para Todas y Todos”
(conformada por 75 organizaciones en 21 estados de la República mexicana).

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